Esta es una guía práctica para saber cómo tramitar una herencia. Desde luego, el fallecimiento de un ser querido es uno de los acontecimientos más tristes que cualquier persona debe afrontar en su vida, pues el dolor y la pena que se genera constituye uno de los momentos vitales más complejos y difíciles de gestionar desde un punto de vista emocional.
A pesar de dicho dolor será necesario que los herederos de la persona fallecida realicen un conjunto de trámites y gestiones para poder adjudicarse la herencia del difunto.
Para ello, en Munill-Tudó Abogados nuestros abogados especialistas en derecho de sucesiones le asesorarán y ayudamos en todos los trámites necesarios para poder disponer y gestionar los bienes, derechos y obligaciones del fallecido. Siempre con la mayor sensibilidad y profesionalidad que requieren estos trámites. Para ayudar a los herederos.
Tabla de contenidos
Debido a nuestra experiencia diaria en nuestro despacho de abogados especializados en familia. En la práctica, cuando los herederos deben tramitar la herencia, atraviesan grandes dificultades debido al desconocimiento generalizado que existe acerca de todos los trámites y gestiones que deben llevarse a cabo.
Este artículo lo elaboramos para que todas las personas que deben de afrontar este trámite se sientan un poco más apoyadas y que le sirva a la mayor cantidad de personas posible. El trabajo de nuestro despacho de abogados especializado en familia radica en aportar y ayudar a nuestros clientes.
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Munill-Tudó Abogados, especialistas en derecho de Sucesiones en Terrassa. Protegemos tus derechos y los de tu familia con experiencia y dedicación.
PASO 1
Obtener el Certificado de defunción de la persona fallecida en el trámite de una herencia.
Este certificado de defunción es un documento expedido por el Registro Civil en el cual se acredita que esa persona ha fallecido.
¿Dónde puede obtener el Certificado de defunción para tramitar una herencia?
- Presencialmente, en el Registro Civil correspondiente (AQUÍ puede solicitar cita previa).
- Telemáticamente (AQUÍ puede realizar el trámite si dispone de los certificados digitales pertinentes).
Este documento es uno de los pocos que debe de solicitar la persona interesada en la tramitación de la herencia, el resto de los documentos pueden delegar la gestión a nuestros profesionales para que le ayuden y le tramiten todo el procedimiento de la aceptación de la herencia.
En muchas ocasiones, la funeraria que gestiona el sepelio ofrece a los familiares sus propios servicios para la obtención de este certificado de defunción y demás documentación para la aceptación de la herencia.
Como hemos visto en este artículo dicho certificado de defunción es muy sencillo de obtener y el resto de los documentos los podremos obtener nosotros. Como veremos a continuación, por lo tanto, dado que la obtención del certificado de defunción la puede realizar cualquier persona de un modo mucho más sencillo, rápido y económico no es recomendable dicha gestión.
PASO 2
Obtener el “certificado de últimas voluntades” para tramitar la herencia.
Los herederos como segundo documento que deben obtener para la tramitación de la herencia es el Certificado de Actos de Última Voluntad (conocido también como “certificado de últimas voluntades”). En dicho documento detalla si una persona fallecida otorgó o no testamento y, en caso de haber otorgado testamento indica ante qué Notario se formalizó el testamento.
La obtención del “certificado de últimas voluntades” lo tramitamos nosotros con la Notaría elegida para tramitar la herencia, por lo tanto, nosotros tramitamos la solicitud del documento para que los clientes no tengan que realizar ningún trámite adicional. Solamente debemos tener los siguientes datos:
- El Certificado de defunción de la persona fallecida. (el único documento que deberán obtener, no nuestra ayuda)
- Datos del solicitante del certificado de últimas voluntades (Nombre completo y DNI)
¿Cómo puedo obtener el certificado de últimas voluntades para tramitar una herencia?
También las personas interesadas pueden obtener el certificado de últimas voluntades por sus propios medios, le indicamos cómo pueden hacerlo:
- Presencialmente, dirigiéndose a la Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia o a cualquier Registro Civil (por ejemplo, en el caso de Barcelona, a la Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia, sita en la calle Caballero, nº 52-56, 08014, Barcelona).
- Por correo, remitiendo la solicitud vía postal al Ministerio de Justicia (Plaza Jacinto Benavente, 3, 28012 – Madrid).
- Telemáticamente (AQUÍ encontrará el enlace correspondiente para solicitarlo, si dispone de los certificados digitales necesarios).
En cualquier caso, la persona interesada deberá presentar una solicitud mediante el modelo 790 (AQUÍ puede encontrar el formulario correspondiente), junto con el documento acreditativo del pago de la tasa correspondiente y, asimismo, el documento original del certificado de defunción.
¿Cómo tramitar una herencia?
Munill-Tudó Abogados
Somos el despacho de abogados especializados en Derecho de Sucesiones de Terrassa
PASO 3
Obtener el título sucesorio de la persona fallecida para tramitar una herencia
Tras obtener el “Certificado de últimas voluntades” sabremos si el fallecido tenía o no testamento ante notario. Por lo tanto, puede haber dos supuestos para la tramitación de la herencia, persona fallecida con testamento o persona fallecida sin testamento.
PERSONA FALLECIDA CON TESTAMENTO, ¿Cómo tramitar una herencia?
Si en el Certificado de últimas voluntades indicaba que tenía testamento, el heredero deberá obtener una copia auténtica del testamento para conocer su contenido y saber a qué personas el fallecido designó como herederas.
Muchos clientes acuden a nuestro despacho de abogados con una copia simple que han podido encontrar en la casa del fallecido. Esta copia simple no será suficiente para realizar la tramitación de la herencia, ya que lo que se necesita es una copia auténtica del documento.
¿Cómo obtener la copia auténtica del testamento?
- El heredero puede acudir a la Notaría donde el fallecido otorgó el testamento y solicitar allí la copia auténtica del testamento (Deberá llevar el Certificado de defunción y el Certificado de últimas voluntades)
- Nuestros abogados le solicitan a la Notaría de confianza, la cual realizará la solicitud en nombre del heredero, y obtendrá una copia auténtica telemática del testamento (esta opción es, sin duda, mucho más práctica y sencilla para el interesado). En estos momentos difíciles no se deben de preocupar de los trámites para ello están nuestros abogados especialistas en sucesiones.
PERSONA FALLECIDA SIN TESTAMENTO, ¿Cómo tramitar una herencia?
En el caso de que el fallecido no hubiere otorgado testamento, los potenciales herederos deberán acudir previamente a Notaría para realizar el acta de declaración de herederos intestados.
El Acta de declaración de herederos intestados es un documento notarial mediante el cual se determina, con arreglo a la legislación correspondiente, quien o quienes resultan ser herederos de una persona fallecida sin testamento.
PASO 4
Búsqueda de toda la documentación necesaria para la adjudicación de la herencia.
Debemos buscar toda la documentación necesaria para gestionar la aceptación de la herencia. Una vez nuestros abogados le han ayudado con la obtención del testamento. Procedemos a buscar los documentos necesarios que los herederos necesitarán para la tramitación de la herencia. Para conocer los documentos exactos debe contactar con nuestros abogados especialistas en sucesiones.
Los documentos más habituales son:
BIENES INMUEBLES
Necesitaremos una copia auténtica de los títulos de propiedad de los inmuebles que fueren propiedad de la persona fallecida para tramitar la herencia. Lo más habitual es que el propio fallecido conservara la escritura de compraventa original del inmueble, si fuera así no habría más complicación. Por lo tanto, los herederos deben de buscar en el domicilio del fallecido. En el caso de que no se disponga de la copia auténtica de la escritura se debe de obtener de las siguientes formas:
- El propio heredero: En tal caso, el interesado (herederos) deberá localizar el Notario en el cual se otorgó la escritura correspondiente y dirigirse a esa Notaría para solicitar la copia auténtica del documento.
- Nuestros abogados pueden solicitárselo a nuestra Notaría para que de una forma más rápida y sencilla realice la gestión en nombre de los herederos, contactando con la Notaría en cuestión y solicitando la copia auténtica del documento.
¿Cómo obtener la referencia catastral de un inmueble?
En el caso de los inmuebles, también será necesario obtener la referencia catastral del mismo, la cual se podrá obtener fácilmente, por ejemplo, en un recibo del IBI. Por lo tanto, los herederos deberán de encontrar un recibo del IBI. En el caso de que los herederos no pudieran obtener el recibo del IBI, nuestros abogados especialistas en sucesiones le obtendrían la referencia catastral.
Por último, debemos dejar constancia de que, si los herederos no conocen con exactitud los inmuebles que eran propiedad de la persona fallecida, podemos saberlo a través de las llamadas “notas de localización”. En las cuales podremos localizar los Registros de la Propiedad, provincia y municipio donde una determinada persona física tiene bienes o derechos inscritos. (AQUÍ puede acceder al portal online donde realizar la solicitud correspondiente).
Nuestros abogados de sucesiones pueden realizar dicho trámite. Para poder conocer los inmuebles del fallecido en ocasiones los estipula en el propio testamento, siempre que el fallecido hubiera redactado el testamento.
ACTIVOS FINANCIEROS
El heredero deberá acudir al banco de la persona fallecida con el certificado de defunción y copia del título sucesorio, en dicha entidad le hará entrega de lo que se denomina “certificado de posiciones de cliente fallecido”. Este es un documento en el que constarán todos los activos y pasivos financieros. (como por ejemplo cuentas bancarias, fondos de inversión, acciones, préstamos, etc.) que la persona fallecida tenía a su nombre en la fecha en la cual se produjo la defunción.
En el caso de que los herederos no conozcan el banco o bancos donde la persona fallecida tenía depositados sus ahorros. Se deberá acudir a la Agencia Tributaria para obtener más información acreditando el fallecimiento de la persona y la condición propia de heredero. Donde se le facilitará la información correspondiente de las entidades donde esa persona había declarado ser titular de cuentas bancarias, todo ello, necesario para tramitar una herencia.
Nuestros abogados de sucesiones les podrán ayudar con la localización de los activos financieros. Se debe de ver el testamento, porque en ocasiones el propio fallecido lo estipula en el testamento.
SEGUROS DE VIDA
Se deberá de comprobar si la persona fallecida disponía de algún seguro, los herederos deberán solicitar el Certificado de Contratos de Seguros de cobertura de fallecimiento. Para verificar si, a fecha de fallecimiento, la persona difunta figuraba como asegurada en algún contrato de seguro de vida.
¿Cómo solicitar el Certificado de Contratos de Seguros de cobertura de fallecimiento para tramitar una herencia?
- Presencialmente, en la Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia (por ejemplo, en el caso de Barcelona, sita en la calle Caballero, n.º 52-56, 08014, Barcelona).
- Por correo, remitiendo la solicitud vía postal al Ministerio de Justicia (Plaza Jacinto Benavente, 3, 28012 – Madrid).
- Telemáticamente (AQUÍ encontrará el enlace correspondiente para solicitarlo, si dispone de los certificados digitales necesarios).
- Nuestros abogados de sucesiones le solicitarán el certificado en la Notaría de confianza donde estemos realizando la aceptación.
En todo caso, la persona interesada deberá presentar una solicitud mediante el modelo 790 (AQUÍ puede encontrar el formulario correspondiente), junto con el documento acreditativo del pago de la tasa correspondiente y, asimismo, el original del certificado de defunción.
VEHÍCULOS
En el caso de los coches o las motos, por ejemplo, deberemos obtener el certificado de circulación del vehículo donde conste la titularidad del fallecido. Dicho documento se suele guardar en el interior del propio vehículo. Por lo tanto, los herederos deberán de obtenerlo sin más preocupación.
Para conocer los vehículos los propios herederos son conocedores y en ocasiones el fallecido lo recoge en el propio testamento. Siempre que exista testamento. Si no, deberán de consultarlo con nuestros abogados de sucesiones para poder ayudarle.
Nuestro trabajo consiste en el acompañamiento en todo el proceso del tramite de una herencia, desde herencias de mutuo acuerdo hasta procedimientos judiciales.
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Actuación eficaz, profesional y cercana. Le informaremos en profundidad en cuanto a las particularidades de su caso, plazos de resolución, costes y método de trabajo de nuestra firma.
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PASO 5:
Formalizar ante notario la aceptación y adjudicación de la tramitación de una herencia
Obtenida ya toda la documentación necesaria para tramitar una herencia. (El testamento y la diferente documentación) y tras el asesoramiento de nuestros abogados especialistas en sucesiones, los herederos deberán formalizar la aceptación y adjudicación de la herencia.
A tal efecto, deberán acudir al Notario de su elección y otorgar la correspondiente escritura de aceptación y adjudicación de herencia, de conformidad con las disposiciones del causante en el caso de existir testamento y los pactos que, en su caso, se alcancen entre las partes.
Nuestros abogados de sucesiones contactarán y prepararán todos los documentos. (Testamento y todos los documentos necesarios). Y, los herederos solamente deberán acudir el día y la hora acordada a la notaría para firmar la herencia.
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PASO 6:
Pagar los impuestos de la tramitación de una herencia
Los impuestos se deberán de liquidar una vez firmado el documento notarial de aceptación y adjudicación de herencia, si en la herencia existen bienes inmuebles se deberán de pagar dos impuestos:
- El impuesto de sucesiones (el impuesto que se pagará en todas las herencias).
- El impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana (conocido, popularmente, como “plusvalía municipal”).
En el impuesto de sucesiones y de la “plusvalía municipal” existe un plazo de 6 meses desde el fallecimiento del causante, para pagar el impuesto. Por lo tanto, si en la aceptación de la herencia se prolonga por diferentes motivos se debe de liquidar el impuesto antes de dicho plazo.
Por lo tanto, existen dos opciones a la hora de pagar los impuestos de la herencia:
OPCIÓN 1: Si los interesados han realizado todos los pasos anteriores en tiempo y forma, ¿Cómo tramitar una herencia?
Una vez otorgada la escritura de aceptación y partición de herencia, ya se puede liquidar los impuestos dentro del plazo indicado. Que deberá saber con anterioridad la cantidad que debe pagar y por ello, nuestros abogados de sucesiones le informarán.
¿Cómo pagar los impuestos de la herencia? – impuesto de sucesiones
- Puede liquidar el impuesto de la herencia el propio heredero, siempre y cuando disponga de los conocimientos suficientes para realizar este trámite por su cuenta.
- Nuestros abogados especialistas en sucesiones trabajaremos con un fiscalista de confianza que trabajaremos desde el inicio del expediente. Dicho fiscalista le tramitará la liquidación del impuesto de sucesiones y del impuesto de “plusvalía municipal” para que no suponga otro problema para nuestros clientes.
De igual forma se deberá proceder en el caso de hacerlo con anterioridad de la aceptación de la herencia.
OPCIÓN 2: Si los herederos no han podido gestionar la aceptación de la herencia dentro del plazo de los 6 meses (por el motivo que sea). ¿Cómo tramitar una herencia?
Deben liquidar el Impuesto de Sucesiones que corresponda al trámite de la herencia y, posteriormente, formalizar la aceptación y partición de la herencia. Así evitarán la imposición de eventuales sanciones y/o recargos. (La forma de pagar el impuesto de sucesiones es como hemos descrito en el anterior supuesto).
¿Cómo pagar la plusvalía municipal en el trámite de una herencia?
- Liquidar el impuesto el propio heredero (acudiendo para ello al Ayuntamiento correspondiente para realizar el trámite).
- Nuestros abogados especialistas en sucesiones trabajaremos con un fiscalista de confianza que trabajaremos desde el inicio del expediente. Dicho fiscalista le tramitará la liquidación del impuesto de sucesiones y del impuesto de “plusvalía municipal”. (para que no suponga otro problema para nuestros clientes.)
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PASO 7:
Formalizar la inscripción de la herencia en el Registro de la propiedad y en las entidades bancarias.
En el caso de adjudicarse bienes inmuebles los herederos deberán de inscribir sus derechos de la propiedad en el Registro de la Propiedad.
Tras formalizar la escritura de aceptación y partición de herencia, y tras haber pagado los impuestos. (impuesto de sucesiones y “plusvalía municipal”) se procede a inscribir su derecho en el Registro de la Propiedad correspondiente:
¿Cómo inscribir los bienes inmuebles del trámite de una herencia al heredero?
- Por el propio heredero, en cuyo caso deberá acudir a la Notaría a retirar la copia auténtica de su documento y presentarla al Registro de la Propiedad para su inscripción. (junto con las liquidaciones de los impuestos que correspondan).
- Nuestros abogados de sucesiones le tramitarán la gestión con el Registro de la Propiedad. Para que no sea un problema añadido para los clientes en estos momentos tan difíciles.
¿Cómo cobrar los fondos y demás activos financieros del trámite de una herencia?
Una vez firmada la escritura de aceptación y adjudicación de herencia y del pago del Impuesto de Sucesiones, el heredero deberá presentar la documentación en el banco. Las entidades procederán a la validación jurídica por parte de sus letrados. Y, cuando concluya el procedimiento los fondos y demás activos financieros se pondrán ya a disposición de su nuevo titular, es decir, el heredero correspondiente.
Tras ver todos los pasos principales que se deben de realizar en cualquier trámite de herencia, en nuestra práctica sabemos que suceden en ocasiones problemas entre herederos. Desconformidades, y el trabajo de nuestros abogados especialistas en herencias es llegar a acuerdos.
Contactar lo antes posible con un abogado especialista en sucesiones es muy importante tenga testamento o no. Le ayudaremos en cómo tramitar una herencia