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Requisitos:
Permiso de residencia y trabajo de 1 año para personas con experiencia laboral en España.
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Residencia y trabajo de 1 año para quienes tienen lazos familiares o integración social en España.
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Residencia de larga duración (5 años) para padres de menores españoles o familiares a carga de ciudadanos europeos.
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Cónyuge de ciudadano español
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Llevan al menos 12 meses conviviendo (puede acreditarse con padrón)
O tienen hijos en común
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Ascendientes del español o de su pareja/cónyuge:
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Progenitor de menor español a cargo
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Familiares extensos a cargo, como:
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