Desahucio por impago de rentas en Terrassa y Catalunya

Munill-Tudó Abogados

Desahucio por impago de rentas en Terrassa.

La ley de arrendamientos urbanos establece que hay varios supuestos por los que el arrendador puede solicitar que la resolución del contrato, siendo uno de ellos el impago de la renta por parte del inquilino o de cantidades asimiladas a rentar como son recibos de luz, de agua, comunidad, etc. También se puede conocer este proceso como desahucio por impago de alquiler.

El ordenamiento no establece un mínimo de rentas impagadas, por lo cual, vencidas las mismas, deben haberse abonado en su totalidad y en caso contrario podrán dar lugar a la resolución del contrato.

Esto quiere decir, que si nuestro inquilino debe abonar la renta del día 1 al 5 de cada mes, podemos instar demanda de desahucio express el día 6, si ésta ha sido impagada.

Lógicamente, todos somos conscientes de que es posible que se produzca un retraso de días sin que ello signifique el impago de la renta de forma definitiva, pero es de vital importancia reaccionar de forma rápida al impago de la renta, aunque sea de forma parcial. Insistimos en que la vía judicial no es todo lo rápida que nos gustaría, por lo que tomar decisiones contundentes y rápidas puede ayudarnos en el proceso.

Si eres una empresa patrimonial y se encuentra en la situación de ocupación de uno de sus inmuebles no dude en contactar con nuestros profesionales para poder ayudarles y darle cobertura lo antes posible.

Preguntas y respuestas sobre el desahucio por impago de rentas

Como anticipábamos, no podemos tomar “la justicia por nuestra mano” y en ningún caso podemos cortar suministros, acceder a la vivienda sin permiso o cambiar cerraduras, ni antes ni mediante el proceso. En ningún caso debemos llevar a cabo dichas acciones. Las mismas pueden dar lugar a responsabilidad penal por parte de la propiedad.

La duración del proceso dependerá de muchos factores. Entre ellos, la demora que Usted tenga en tomar la decisión final o la propia carga del Juzgado.

Es frecuente que los clientes acudan al Juzgado una vez han dejado pasar meses e incluso años de impago, dado que éste se ha producido de forma parcial.

Siendo así, cuando acuden al despacho se encuentran ya desesperados y el desgaste del proceso es aún mayor.

Les recordamos que deben accionarse rápido las vías a nuestro alcance y acortar así plazos.

Existe una duda generalizada: El envío de burofax antes de la demanda.

Lo valoramos al caso concreto, aunque de forma general lo recomendamos. El burofax debe tener un contenido específico por lo que debe contar con un abogado para su redacción. En ocasiones, el cliente realiza el burofax por su cuenta y el mismo carece de fundamentación.

El envío del burofax, impide la enervación del desahucio por lo que este, es otro de los argumentos por los que recomendamos proceder a su redacción y envío.

En primer lugar, se procede a la redacción de demanda y presentación ante el Juzgado. Debemos acreditar la propiedad del inmueble, la relación contractual y manifestar la falta de pago.

En segundo lugar, se procederá a la notificación de demanda. Desde el despacho, acortamos dicho plazo considerablemente gracias a nuestro método de notificación.

En dicha notificación al arrendatario, se le dará plazo de 10 días para formular oposición consistente en acreditar el pago. En dicha resolución judicial se fija la fecha de lanzamiento y de juicio para el caso de oposición.

La evolución del procedimiento y sus particularidades, dependerá de la acción del arrendatario, por lo que rogamos contacte con este despacho a fin de profundizar en esta información.

El importe total de deuda adeudada (incluida la que se adeude en el transcurso del procedimiento) quedará reseñada en Sentencia y podrá ser reclamada y ejecutada en plazo de 5 años. Si bien, recomendamos instar de forma inmediata la ejecución de Sentencia a fin de iniciar las averiguaciones patrimoniales y embargar saldos bancarios, salarios o bienes en propiedad.

Munill-Tudó Abogados

Si necesita más información al respecto del procedimiento de desahucio en Terrassa o procedimiento de desahucio por falta de pago de renta o desahucio por impago del alquiler en Catalunya puede contactar con nuestros profesionales para poder estudiar su expediente y asesorarle en su caso en concreto. Siempre cada expediente reúne una serie de diferencias con el resto y nosotros le podemos ayudar.

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