Si me separo no tengo dónde ir: esto es lo que dice la ley

Puedes separarte aunque no tengas dónde ir ni ingresos propios. La ley no exige patrimonio para romper una convivencia: prevé quién usa la vivienda familiar mientras se resuelve el procedimiento, y permite pedir esa decisión al juzgado en días, no en meses.

Y hay una parte que casi nadie cuenta: el primer paso no depende de que puedas pagar un abogado.

Esto es lo que dice la ley si te separas y no tienes dónde ir

Tres respuestas directas, antes de entrar en detalle:

  • Quién se queda en la casa lo decide un juez, no quien la tiene a su nombre. En Cataluña se aplica el artículo 233-20 del Codi Civil de Catalunya, que atribuye el uso preferentemente a quien tenga la guarda de los hijos y, cuando no hay hijos menores, al cónyuge más necesitado. La titularidad de la vivienda no figura entre sus criterios.
  • Nadie puede echarte de casa por su cuenta, ni tú a tu pareja. Hasta que haya resolución judicial los dos conserváis el derecho a estar en ella.
  • Irte no es delito. El abandono de hogar que mucha gente teme no existe como tal en el Código Penal.
La clave. Puedes pedir al juzgado de tu domicilio que decida quién usa la vivienda sin abogado ni procurador, según el artículo 771.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Si el caso es urgente, el tribunal puede resolverlo  el mismo día .

¿Puedo separarme si no tengo dinero, trabajo ni ingresos?

Sí. No existe ningún requisito económico para separarse, y la falta de ingresos no debilita tu posición: es justamente uno de los hechos que la ley manda valorar.

El artículo 233-15 del Codi Civil de Catalunya enumera qué se tiene en cuenta al fijar la compensación económica. Dos criterios pesan especialmente si dejaste de trabajar durante el matrimonio:

  • La dedicación a las tareas familiares, o cualquier decisión tomada en interés de la familia que haya reducido tu capacidad de obtener ingresos.
  • Las perspectivas económicas previsibles de cada uno, atendiendo a la edad, el estado de salud y cómo se reparta la guarda de los hijos.

Por eso separarse a los 50 sin trabajo, después de años sin cotizar, no es una situación jurídicamente desprotegida. Lo mismo vale para quien llega a la ruptura como mujer separada sin trabajo ni ingresos propios: la dedicación a la familia cuenta como aportación, no como ausencia de ella, y es la base de la pensión compensatoria, que el Codi Civil de Catalunya llama prestación compensatoria.

Sobre el coste: la solicitud inicial de medidas no exige abogado, pero sí lo necesitarás para todo escrito posterior. Si no tienes medios suficientes puedes solicitar abogado de oficio, y quien reconoce ese derecho es el Colegio de Abogados, donde se comprueban los requisitos.

Dicho en corto: cómo separarse sin dinero empieza por esa solicitud, no por reunir ahorros.

¿Qué pasa si me voy de casa y no tengo dónde ir?

Salir del domicilio de forma temporal no te hace perder derechos sobre la vivienda. No existe el delito de abandono de hogar: lo que el artículo 226 del Código Penal castiga es dejar de cumplir los deberes de asistencia hacia los hijos o el cónyuge que se hallen necesitados, y eso puede ocurrir igual si te quedas en casa. Lo desarrollamos en nuestro artículo sobre el abandono de hogar.

Dicho esto, hay dos cautelas que conviene tener presentes antes de mover nada.

No te lleves a los hijos sin acuerdo ni resolución judicial

Es una decisión que después se valora en el procedimiento, y no siempre a favor de quien la toma. Si la convivencia se ha vuelto insostenible, el camino es pedir que un juez fije con quién se quedan los hijos, no adelantarse a esa decisión.

Pide las medidas antes de salir, no después

Las medidas provisionales resuelven el uso de la vivienda y la custodia sin esperar a la sentencia. Pedirlas antes de marcharte deja por escrito cuál era tu situación, en lugar de tener que reconstruirla más tarde.

Si hay malos tratos, esto no se aplica igual. La salida del domicilio con los hijos no se valora con el mismo criterio, y existen recursos de acogida de acceso inmediato sin necesidad de haber iniciado ningún procedimiento. El 016 atiende de forma gratuita y no deja rastro en la factura.

¿Quién se queda en casa si me quiero separar y no tengo vivienda?

El uso de la vivienda familiar no sigue a la propiedad, sigue a la necesidad y a la guarda de los hijos. El artículo 233-20 del Codi Civil de Catalunya distingue cuatro supuestos.

¿Quién se queda en casa en una separación con hijos?

El uso se atribuye preferentemente al progenitor que tenga la guarda de los hijos, y solo mientras esa guarda dure. No es una atribución indefinida: nace de la estabilidad de los menores, no de la situación económica de los padres.

¿Y si no hay hijos o ya son mayores de edad?

Desaparece el criterio de la guarda y entra el de necesidad. El uso pasa al cónyuge más necesitado, con carácter temporal. Aquí pesan los ingresos de cada uno, la edad y la posibilidad real de acceder a otra vivienda.

¿Quién se queda la casa en custodia compartida?

La guarda compartida no reparte la casa por sí sola. También se atribuye al cónyuge más necesitado y de forma temporal, y el juez valora si cada progenitor dispone de una vivienda adecuada para los periodos que le corresponden.

¿Qué pasa si la casa es mía o está a mi nombre?

La titularidad no aparece entre los criterios de la ley. Que la vivienda sea tuya no te garantiza su uso, y que sea de tu cónyuge no te excluye. Si el uso va a quien no es propietario, la ley lo pondera como aportación en especie a las pensiones, de modo que el propietario no lo pierde: lo aporta.

Los cuatro supuestos, de un vistazo:

Situación Quién obtiene el uso de la vivienda
Con hijos menores Preferentemente el progenitor que tenga la guarda, mientras esa guarda dure
Sin hijos o con hijos mayores de edad El cónyuge más necesitado, con carácter temporal
Con guarda compartida El cónyuge más necesitado, también con carácter temporal
La casa está a nombre de uno solo La titularidad no decide. Si el uso va a quien no es propietario, se pondera como aportación en especie a las pensiones

Cada uno tiene sus matices, sus límites y sus plazos de prórroga, y los tratamos uno a uno en uso y disfrute de la vivienda familiar. Cuando hay menores en juego, en separarse cuando hay hijos menores y en vivienda en la custodia compartida.

Si lo que buscas es separarte sin divorciarte todavía, hay diferencias reales entre las dos figuras: las repasamos en separarte sin divorciarte.

Tu separación en Terrassa con Munill-Tudó Abogados

En Munill-Tudó Abogados llevamos procedimientos de familia en Terrassa y en el Vallès Occidental aplicando el Codi Civil de Catalunya, que es la norma que decide quién usa la vivienda en esta comarca.

Si estás en esta situación, el primer paso es un estudio de tu caso para ver qué medidas cabe pedir y con qué plazos. Trabajamos con hoja de encargo detallada por fases, para que sepas qué comprende cada paso antes de darlo.

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