Así como, ORDEN JUS/44/2017 de 28 de marzo por la que se aprueba el Reglamento de Registro de parejas estables de Catalunya y Decreto Ley 3/2015 de 6 de octubre de modificación de la Ley 25/2010 de 29 de julio del libro segundo del Código Civil de Cataluña, relativo a la creación del Registro de parejas estables. (Parejas de hecho).
¿Cuándo se entiende que existe parejas de hecho en Catalunya?
El artículo 234-1 del Código Civil Catalán dispone que dos personas que convivan en una comunidad de vida análoga a la matrimonial se considerarán pareja estable en cualquiera de los siguientes casos:
a) Si la convivencia dura más de dos años ininterrumpidos.
b) Si durante la convivencia, tienen un hijo común.
c) Si los integrantes formalizan la relación en escritura pública. (Consulta los requisitos para realizarlo con PASAPORTE)
Actuación eficaz, profesional y cercana. Le informaremos en profundidad en cuanto a las particularidades de su caso, plazos de resolución, costes y método de trabajo de nuestra firma.
¿Quién puede inscribirse?
Puede inscribirse todas las parejas que residan en Catalunya siempre y cuando acrediten cumplir con los requisitos arriba referenciados. La inscripción es voluntaria, no tiene carácter constitutivo y requiere el consentimiento de los dos convivientes de la pareja.
Mi experiencia en mi divorcio fue muy buena. Mi abogada fue Natàlia Huertas y desde el primer momento me entrenó y aconsejó. Me ayudó mucho y me dio confianza para seguir adelante. Les recomiendo si necesitas ayuda con un problema de familia. ¡Gracias por toda Natalia!
"Caí" en manos de Natalia Huertas por recomendación de un amigo y la verdad que solo puedo decir cosas positivas de su trabajo. Muy profesional en cuanto al litigio legal se refiere pero sin dejar el lado humano a un lado. Buen asesoramiento, mucha empatía y buena profesional. La recomiendo al 100%
Excelente profesionalidad, competente y cercano. Natàlia de Munill-Tudó abogados se ocupó de mi caso exitosamente, realizando un trabajo impecable. Muy profesionales y serios, conocedores de la ley, pero sin dejar aparte el lado humano. 100% confianza en ellos.
Estoy muy agradecido por su gran trabajo, unos verdaderos profesionales. Gestionaron mis problemas con el divorcio de la mejor manera. Sin duda contactaré con ellos si vuelvo a tener cualquier problema.
Fueron unos grandes abogados ¡No tuve más que éxito con Munil Tudó Abogados! resolvieron mi caso en tiempo record. Definitivamente les recomendaría, ¡son honestos, profesionales y hacen un gran trabajo!
Grandes profesionales! Les contacté por recomendación y tanto a mi amigo como a mí nos han solucionado todos los problemas y con una dedicación muy grande y muy eficientes. Siempre trabajan pensando en los menores. Son los mejores abogados de divorcios y separaciones de Terrassa. Muy recomendables!!
Contacté con Natalia para que me ayudara con la indemnización de un accidente de tráfico y gracias a ella todo salió perfecto. Muy contento con su gestión y la atención recibida.
Andrea es una gran profesional, por su dedicación y implicación. Para mi la experiencia ha sido muy satisfactoria. Independientemente de su trabajo, el trato hacia el cliente es de 10, lo más importante por mi experiencia con Andrea ha sido el trato y el gran apoyo que he recibido por su parte. Ante todo entiende, comparte, aconseja y empatiza. Te hace sentir un gran respaldo y tranquilidad, a la par que realmente su trabajo es por vocación. Mil gracias por todo. Muy recomendable.
Estoy muy contento con el servicio que me ha dado Natalia, en todo momento ha mirado por mis intereses, se ha preocupado y ha tenido mucha paciencia, me ha ido informando de todo a medida que íbamos avanzando, ha sido un placer,es una gran profesional. En el momento que vuelva a necesitar un abogado no lo dudaré.
Natalia es aparte de ser una persona magnífica, una profesional en toda regla, ha solucionado mi problema en temas de familia, fianza. Muy recomendable al 100%, ya que son muy transparentes, siempre te mantienen informado de todo tipo de trámites que se va a gestionar y muy ordenados.Oscar también es una excelente persona y hacen un trabajo excepcional. Muy agradecido.
Tramitaron mi divorcio y la verdad es que desde el primer momento me dieron respuestas a mis problemas. Gracias a ellos no fue traumático todo el trámite de divorcio ni para nosotros ni para mis hijos. ¡Gracias! y los recomiendo 100%.
Natalia es muy profesional, atenta y minuciosa, no puedo decir nada negativo. Me está llevando un tema de familia, no son nada agradables estas situaciones y me está ayudando en todo lo que necesito. La recomiendo sin dudarlo
Conocí este despacho por medio de internet. Especialmente para temas de extranjería. La primera vez quede muy contenta con los servicios. De tal manera, que he vuelto a ellos siempre que lo he necesitado. Durante todos los procesos estuve informada del trámite, me he sentido respaldada y asesorada de las diversas actuaciones que podrían realizar en cada momento. Natalia es muy atenta, organizada y se implica mucho en su trabajo. Muestra su dedicación y vocación al 100%.Obviamente no iba a olvidarme de Oscar, muy atento y con solución a todo.Son un gran equipo, Los recomiendo con plena seguridad.
Acudi a este despacho por un tema de extranjeria y la gestión por parte de este despacho ha sido excelente, eficaz , rápida, profesional, informándome a cada instante de la situación del proceso. El trato con Natalia ha sido exquisito. Poco más que decir salvo que los recomiendo al 100%.
Munill-Tudó Abogados, especialistas en derecho de familia en Terrassa. Protegemos tus derechos y los de tu familia con experiencia y dedicación.
¿Puedo formalizar una pareja de hecho si tengo pasaporte?
Sí, uno de los dos debe tener D.N.I y el otro puede tener Pasaporte, no dude en contactar para saber mejor las condiciones de cada pareja en concreto y poder ayudarle con más exactitud.
¿Cuáles son los derechos de las parejas de hecho?
El artículo 234-9 dispone que tendrán derecho a compensación económica por razón de trabajo siempre que un conviviente haya trabajado por la casa en mayor proporción que el otro o ha trabajado para éste sin retribución o con retribución suficiente.
Tendrá derecho a dicha compensación siempre y cuando en el momento del cese de la convivencia el otro haya obtenido un incremento patrimonial superior.
Por su parte, el artículo 234-10 establece que cualquiera de los convivientes podrá reclamar al otro una prestación alimentaria si la necesita para atender adecuadamente su sustentación siempre y cuando se produzcan algunas de las siguientes situaciones:
Si la convivencia ha reducido la capacidad del solicitante de obtener ingresos
Si tiene la guarda atribuida de los hijos comunes, en circunstancias en que su capacidad de ingresos se encuentre reducida
Finalmente el artículo 234-11 establece el derecho a percibir prestación alimentaria ya sea en forma de capital o de pensión.
En dicho sentido se establece que esta pensión tendrá carácter temporal con un máximo de tres anualidades salvo que dicha prestación se fundamente en la reducción de la capacidad del crédito de obtener ingresos derivada de la guarda de los hijos. En dicho caso podrá mantenerse mientras dure la guarda.
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¿Hay plazo para ejercer estos derechos?
Sí, existe un plazo de 1 año a contar desde la ruptura de la pareja de hecho.
¿Qué documentación requieren los notarios para formalizar la pareja de hecho?
Contacta con nuestro equipo para asesorarle en específico de su expediente en concreto. Le podemos asesorar con una primera llamada o podemos agendar una visita para saber más en profundidad sobre su situación para formalizar la pareja de hecho en Catalunya. No lo dude, puede encontrarnos en los siguientes enlaces.
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