La convivencia del Hijo Mayor de Edad no condiciona la atribución del Uso de la Vivienda Familiar
Criterio legal en Catalunya En Catalunya, el criterio legal establecido en el artículo 233-20 del Código Civil establece que, en ausencia de hijos o en caso de que estos sean mayores de edad, debe otorgarse el derecho de uso de la vivienda al cónyuge que tenga mayor necesidad. Sin embargo, la duración del uso no